Subvención Nuevos Autónomos en Andalucía
Descripción:
Nueva Subvención para trabajadores por cuenta propia o autónomos adscritos al Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, y en el grupo primero de cotización del Régimen Especial de los Trabajadores del Mar. Estos deben haber iniciado una actividad económica o profesional y mantenerse en ella ininterrumpidamente durante un año desde la solicitud.
Exclusiones:
- Familiares que colaboran.
- Personas socias de sociedades mercantiles, laborales, cooperativas o que ejerzan funciones de dirección o gerencia en estas.
Medidas:
Mujeres autónomas menores de 35 años.
Hombres autónomos menores de 30 años.
Mujeres autónomas de 35 años o más.
Hombres autónomos de 30 años o más.
Objetivo:
Promover el trabajo autónomo, aligerando los gastos de cotización a la Seguridad Social en etapas iniciales y respaldar la consolidación de iniciativas emprendedoras autónomas.
Plazo de Solicitud:
Desde el 01/08/2023 hasta el 30/09/2024.
Requisitos:
1. Alta en Autónomos desde el 1 de enero de 2023.
2. Plazo de presentación de dos meses a contar desde la fecha de alta. Para las altas anteriores a la publicación de esta Subvención, plazo de presentación hasta el 30 de Septiembre.
3. Estar registrado en el régimen pertinente de la Seguridad Social al momento de la solicitud.
4. Beneficiarse de la tarifa plana de Autónomos.
5. Desarrollar la actividad económica o profesional en Andalucía.
6. Tener un plan de viabilidad con resultados previstos positivos antes de impuestos.
Obligaciones:
El artículo 21.1 de la Orden de 29 de junio de 2023 establece algunas reglas importantes para las personas que deseen beneficiarse:
- Mantenerse como autónomo durante 12 meses: Debes estar registrado como trabajador autónomo y trabajar por cuenta propia durante al menos 12 meses consecutivos. Estos 12 meses comienzan desde el día después de presentar tu solicitud.
- No trabajar para otra persona por más del 25% del tiempo: Durante estos 12 meses, no puedes trabajar para un empleador (trabajo por cuenta ajena) durante más del 25% (3 meses) de ese período total de 12 meses. Para calcular esto, se mira cuántos días trabajaste para un empleador y cuántos días trabajaste por cuenta propia, según lo que se registre en tu historial laboral.
En resumen, si deseas beneficiarte de programas para trabajadores autónomos, debes ser autónomo durante al menos 12 meses seguidos, y durante ese tiempo, no puedes trabajar para otra persona por más del 25% (3 meses) de esos 12 meses. Esta regla se verifica a través de tu historial laboral.
Además también podrás beneficiarte de:
CUOTA 0
Subvención para nuevos autónomos en la que se bonifica el 100% de las cuotas de Seguridad Social, del primer año y podrán ser también las del segundo año en el caso de que los ingresos del autónomo no superen el salario mínimo interprofesional.
Exclusiones:
- Familiares que colaboran.
- Personas socias de sociedades mercantiles, laborales, cooperativas o que ejerzan funciones de dirección o gerencia en estas.
Objetivo:
Promover el trabajo autónomo, aligerando los gastos de cotización a la Seguridad Social en etapas iniciales y respaldar la consolidación de iniciativas emprendedoras autónomas.
Plazo de Solicitud:
Aun no está publicada en el BOE por lo que no está vigente (se prevé que sea vigente a principios de 2024).
Requisitos:
1. Ser beneficiario de la Tarifa Plana de Autónomos.
2. Estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social.
3. No haber sido autónomo en los 2 años anteriores.
Si reúnes todos los requisitos para beneficiarte de estas bonificaciones de entre 3800€ y 5000€ además de recibir el abono de las cuotas de Seguridad Social de hasta los dos primeros años ¡Contáctanos! Nosotros nos encargamos de todo el proceso.
¿Estás pensando en darte de alta como Autónomo?
Si es así, contacta con nosotros para conocer nuestro Plan Especial para Nuevos Autónomos.
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