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Cumplir con nuestras obligaciones fiscales es esencial. Por ello, es crucial conocer las fechas de presentación de cada modelo, especialmente aquellos que se presentan de forma anual. A continuación, te presentamos una guía actualizada, considerando los modelos anuales para autónomos y sociedades.

 

 

Autónomos

  • Declaración de la Renta (IRPF – Modelo 100): Se presenta entre los meses de abril y junio, dependiendo del calendario fiscal establecido para el año en curso.

  • Modelo 130 (IRPF – Pago fraccionado):

    • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.
  • Modelo 303 (IVA – Autoliquidación):

    • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.
  • Modelo 390 (Resumen anual del IVA): Se presenta durante el mes de enero del año siguiente al ejercicio a declarar.

  • Modelo 180 (Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF por alquileres): Se presenta durante el mes de enero del año siguiente.

  • Modelo 190 (Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del IRPF): Se presenta durante el mes de enero del año siguiente.

 

Sociedades

  • Modelo 200 (Impuesto sobre Sociedades): Presentación desde el 1 de julio hasta el 25 de julio del año siguiente al ejercicio fiscal a declarar.

  • Modelo 220 (Impuesto sobre Sociedades, régimen de consolidación fiscal): Si la empresa pertenece a un grupo fiscal, debe presentar este modelo en lugar del Modelo 200. La fecha es similar, desde el 1 de julio hasta el 25 de julio del año siguiente.

  • Modelo 202 (Pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades):

    • Tercer plazo: del 1 al 20 de diciembre.
  • Modelo 303 (IVA – Autoliquidación):

    • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.
  • Modelo 390 (Resumen anual del IVA): Al igual que para autónomos, se presenta durante el mes de enero del año siguiente.

  • Modelo 347 (Declaración anual de operaciones con terceras personas): Se presenta en el mes de febrero del año siguiente al ejercicio a declarar.

 

 

Es de suma importancia que tanto autónomos como sociedades se mantengan al tanto de estas fechas y modelos a presentar. Las sanciones por presentación extemporánea pueden ser elevadas, por lo que desde Mc Asesores recomendamos siempre planificar con antelación y, en caso de dudas, consultar a profesionales expertos en la materia. ¡Evita imprevistos y mantente al día con tus obligaciones fiscales!

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